A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Entidad Promotora De Salud Sanitas Sa·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo de Bogotá D.C. y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia fue originada con ocasión de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por la EPS Famisanar SAS contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES -, con el fin de que se declare la nulidad de resoluciones por medio de las cuales se ordenó a la demandante el reintegro de recursos reconocidos o apropiados sin justa causa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos, subjetivo, objetivo y normativo, para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos emitidos por la Adres, en los que ordena a una EPS el reintegro de dineros por supuestos pagos indebidos o injustificados del flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, siguiendo la regla que contempla el Auto 1165 de 2021.
Con fundamento en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Bogotá y a los sujetos procesales y partes interesadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo de Bogotá y el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la EPS Famisanar SAS contra la Adres.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2682 al Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisión al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.